Me han ocupado

Me han ocupado la casa: qué hacer paso a paso

Descubrir que alguien vive en tu casa sin permiso es angustioso. Lo que hagas en las primeras horas importa mucho, así que aquí tienes los pasos en orden, sin tecnicismos.

Actualizado el 6 de noviembre de 2026Información general, no asesoramiento legal

Si está pasando ahora mismo

Llama al 091 (Policía Nacional), al 062 (Guardia Civil) o al 112. Cuanto antes intervenga la policía, más fácil es que la situación se resuelva en el momento. No entres tú ni te enfrentes a los ocupantes.

Los pasos, en orden

  1. Mantén la calma y no entresAunque sea tu casa, entrar a la fuerza, cambiar la cerradura con gente dentro o cortar los suministros puede volverse en tu contra. Lo explicamos en lo que nunca debes hacer.
  2. Llama a la policíaExplica que eres el propietario, si la casa es tu vivienda habitual o una segunda residencia que usas, y desde cuándo crees que están dentro. Si es posible, espera a los agentes cerca de la vivienda con tu documentación.
  3. Reúne pruebas de que la casa es tuya y de que la usabasEscritura o nota simple del Registro de la Propiedad, recibos del IBI, facturas de luz y agua a tu nombre, fotos del interior con muebles, y el nombre de vecinos que puedan confirmar que la usabas.
  4. Presenta la denunciaEn comisaría, cuartel de la Guardia Civil o juzgado de guardia. Indica la fecha en que lo descubriste y aporta las pruebas. Te explicamos qué debe incluir la denuncia. Desde abril de 2025 estos casos pueden ir por juicio rápido si se cumplen ciertas condiciones.
  5. Habla con un abogadoTe dirá si conviene la vía penal, la civil (por ejemplo, el desahucio exprés) o ambas. Si no puedes pagarlo, pregunta por la justicia gratuita en tu colegio de abogados.
  6. Avisa a tu seguroMuchas pólizas de hogar incluyen defensa jurídica y algunas cubren gastos por ocupación. Revisa tu póliza o llama a la aseguradora; lo contamos en seguro antiokupas.
  7. Informa a tu comunidad de vecinosEl presidente y los vecinos pueden ser testigos y avisarte de cualquier novedad.

La pregunta clave: ¿era tu morada?

La ley no trata igual todas las ocupaciones. Si ocupan tu vivienda habitual o una segunda residencia que usas, se habla de allanamiento de morada, un delito con pena de prisión. Si ocupan un inmueble vacío que no es la casa de nadie, se habla de usurpación (artículo 245 del Código Penal), que se castiga con multa. Esta diferencia cambia la rapidez con que se puede actuar.

Te lo explicamos con detalle en allanamiento o usurpación: diferencias.

Documentos que conviene tener a mano

  • DNI o NIE del propietario.
  • Escritura de la vivienda o nota simple reciente del Registro de la Propiedad.
  • Último recibo del IBI.
  • Facturas de suministros a tu nombre (luz, agua, gas, internet).
  • Fotos fechadas de la vivienda amueblada y en uso.
  • Contactos de vecinos o personas que puedan declarar.
  • Si la casa es heredada: documentos de la herencia (ver casa heredada ocupada).

Dudas frecuentes en las primeras semanas

Según tu caso

Hay situaciones con particularidades propias:

Si no tienes claro cuál es tu situación, el asistente “¿Qué hago en mi caso?” te guía con unas pocas preguntas.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cambiar la cerradura si los okupas no están dentro?

Si la vivienda está vacía en ese momento, las circunstancias cambian, pero es una decisión delicada: hazlo solo después de hablar con la policía o con un abogado para no exponerte a una denuncia.

¿La policía puede sacarlos en el momento?

Si los agentes consideran que es un delito que se está cometiendo en ese momento (por ejemplo, porque se acaba de detectar o porque es tu morada), pueden intervenir. En otros casos hará falta una orden judicial.

¿Tengo que seguir pagando el IBI y la comunidad?

Sí. Las obligaciones del propietario siguen a su nombre mientras dure la ocupación.

Fuentes y normativa