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Okupas en una casa heredada: qué hacer
Las casas heredadas suelen quedarse vacías mientras se resuelve la herencia, y a veces siguen a nombre del familiar fallecido. Eso complica demostrar quién tiene derecho a recuperarla, pero no lo impide.
El problema: demostrar que te corresponde
Para denunciar o demandar tienes que acreditar tu relación con la vivienda. Si la herencia no está aceptada ni inscrita, reúne todo lo que pruebe que eres heredero:
- Certificado de defunción del familiar.
- Certificado de últimas voluntades y copia del testamento, o declaración de herederos si no había testamento.
- Nota simple del Registro de la Propiedad a nombre del fallecido.
- Escritura de aceptación de herencia, si ya está hecha.
- Recibos de IBI, comunidad o suministros que estéis pagando los herederos.
Si sois varios herederos
En general, uno de los herederos puede actuar en beneficio de todos para recuperar la casa, sin esperar a que firmen los demás. Aun así, conviene que estéis de acuerdo y que un abogado revise vuestro caso, sobre todo si hay desacuerdos en la familia.
Pasos recomendados
- Denuncia cuanto antesCon la documentación que tengas; puedes completarla después.
- Consulta con un abogadoTe dirá si conviene la vía penal, la civil o ambas, y si en vuestro caso se puede usar el desahucio exprés.
- Acelera la aceptación de la herenciaTenerla aceptada e inscrita facilita cualquier trámite futuro.
- Protege la casa en cuanto la recuperesMira qué hacer después del desalojo.
Prevención
Si vais a tardar en decidir qué hacer con la casa, no la dejéis con aspecto de abandonada: mantened los suministros, vaciad el buzón y pasad de vez en cuando. Tienes ideas en cómo proteger una casa vacía.
Preguntas frecuentes
¿Puedo denunciar si la herencia no está aceptada?
Sí, como heredero tienes interés en recuperar la vivienda. Aporta los documentos que prueben que lo eres.
¿Qué pasa si la casa lleva años vacía?
Probablemente se trate como usurpación y no como allanamiento de morada. Consulta la diferencia en nuestra guía sobre allanamiento y usurpación.
Fuentes y normativa
Esta guía explica la normativa de forma general y puede no ajustarse a tu caso. Ante una situación concreta, consulta con un abogado o con el servicio de orientación jurídica gratuita de tu colegio de abogados.