Me han ocupado
Cómo actuar ante problemas de convivencia provocados por una ocupación
No todas las ocupaciones causan problemas, pero cuando los hay (ruidos, suciedad, amenazas o daños), los vecinos tienen derecho a vivir tranquilos. Estas son las vías.
Según el problema
| Problema | A quién acudir |
|---|---|
| Ruidos de noche | Policía local; denuncia según la ordenanza municipal |
| Amenazas, agresiones, daños | 091 / 062 y denuncia |
| Enganches ilegales a la luz o el agua | Compañía distribuidora y policía (riesgo de incendio) |
| Suciedad o plagas en zonas comunes | Administrador y ayuntamiento (sanidad) |
| Molestias graves y continuadas en el edificio | Presidente: requerimiento y acción de cesación |
Documenta todo
- Un registro con fecha, hora y descripción de cada incidente.
- Números de intervención de la policía local o nacional.
- Fotos de daños en zonas comunes.
- Testigos dispuestos a declarar.
Si grabas algo, hazlo sin vulnerar la intimidad de nadie y no lo difundas en redes (ver cámaras y ley).
La vía de la comunidad
Si las molestias son graves y continuadas y se producen en un edificio en régimen de propiedad horizontal, el presidente puede requerir el cese y, con acuerdo de la junta, demandar. Lo explicamos en qué puede hacer el presidente.
Si vives en una casa al lado
Si no hay comunidad (por ejemplo, en una calle de casas), las vías son la policía, el ayuntamiento y, en su caso, acciones civiles por molestias. Avisar al propietario de la casa ocupada también ayuda.
Fuentes y normativa
Esta guía explica la normativa de forma general y puede no ajustarse a tu caso. Ante una situación concreta, consulta con un abogado o con el servicio de orientación jurídica gratuita de tu colegio de abogados.