Proteger mi casa
Qué hacer con una vivienda vacía todo el año
Una vivienda que nadie usa durante meses es la que más riesgo tiene de ser ocupada, y además puede tener costes fiscales. Estas son tus opciones.
Tus opciones
| Opción | Ventajas | Inconvenientes |
|---|---|---|
| Mantenerla vacía y protegida | Disponible cuando la necesites | Riesgo de ocupación, gastos sin ingresos, posible recargo del IBI |
| Alquilarla | Ingresos y la casa está habitada | Riesgo de impago (ver cómo evitarlo) |
| Venderla | Desaparecen gastos y riesgos | Decisión definitiva; mientras se vende sigue vacía (ver casa en venta) |
| Cederla a un programa público de alquiler | Algunas administraciones ofrecen garantías al propietario | Depende de tu comunidad y municipio |
El recargo del IBI a viviendas vacías
Desde la Ley de Vivienda de 2023, los ayuntamientos pueden (no es obligatorio) aplicar un recargo en el IBI a viviendas desocupadas de forma permanente. Según la regulación vigente:
- Solo se aplica si el ayuntamiento lo aprueba en su ordenanza fiscal.
- La vivienda debe llevar más de dos años desocupada sin causa justificada, y el titular debe tener cuatro o más inmuebles residenciales.
- El recargo puede llegar al 50 %, al 100 % si supera los tres años y al 150 % si el titular tiene varias viviendas vacías en el mismo municipio.
- Hay causas justificadas, como ser segunda residencia (hasta cuatro años), estar en obras, a la venta o en alquiler durante un tiempo, o un litigio pendiente.
Consulta la ordenanza fiscal de tu ayuntamiento para saber si te afecta.
Si decides mantenerla vacía
- Revisa su seguridad con el checklist de vivienda vacía.
- Calcula cuánto cuesta protegerla con la calculadora de presupuesto.
- Si va a estar vacía muchos meses, valora una puerta antiokupa (ver puertas).
- Revisa que tu seguro cubre viviendas vacías.
Fuentes y normativa
Esta guía explica la normativa de forma general y puede no ajustarse a tu caso. Ante una situación concreta, consulta con un abogado o con el servicio de orientación jurídica gratuita de tu colegio de abogados.