Proteger mi casa

Qué hacer con una vivienda vacía todo el año

Una vivienda que nadie usa durante meses es la que más riesgo tiene de ser ocupada, y además puede tener costes fiscales. Estas son tus opciones.

Actualizado el 6 de noviembre de 2026Información general, no asesoramiento legal

Tus opciones

OpciónVentajasInconvenientes
Mantenerla vacía y protegidaDisponible cuando la necesitesRiesgo de ocupación, gastos sin ingresos, posible recargo del IBI
AlquilarlaIngresos y la casa está habitadaRiesgo de impago (ver cómo evitarlo)
VenderlaDesaparecen gastos y riesgosDecisión definitiva; mientras se vende sigue vacía (ver casa en venta)
Cederla a un programa público de alquilerAlgunas administraciones ofrecen garantías al propietarioDepende de tu comunidad y municipio

El recargo del IBI a viviendas vacías

Desde la Ley de Vivienda de 2023, los ayuntamientos pueden (no es obligatorio) aplicar un recargo en el IBI a viviendas desocupadas de forma permanente. Según la regulación vigente:

  • Solo se aplica si el ayuntamiento lo aprueba en su ordenanza fiscal.
  • La vivienda debe llevar más de dos años desocupada sin causa justificada, y el titular debe tener cuatro o más inmuebles residenciales.
  • El recargo puede llegar al 50 %, al 100 % si supera los tres años y al 150 % si el titular tiene varias viviendas vacías en el mismo municipio.
  • Hay causas justificadas, como ser segunda residencia (hasta cuatro años), estar en obras, a la venta o en alquiler durante un tiempo, o un litigio pendiente.

Consulta la ordenanza fiscal de tu ayuntamiento para saber si te afecta.

Si decides mantenerla vacía

Fuentes y normativa